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viernes, 17 de septiembre de 2010

La Comisión del CGPJ aprueba la reforma del reglamento penitenciario aunque detecta indeterminación en algunos aspectos

Diario de Noticias, 17 Sep. 2010, Editorial LA LEY

La reforma tiene por objeto principal dotar de cobertura jurídica adecuada al sistema FIES (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento), previsto para reclusos especialmente conflictivos o inadaptados.

Madrid.- La Comisión de Estudios e Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad en su reunión del jueves el informe sobre la propuesta de Real Decreto de modificación del Reglamento Penitenciario, remitida por el Ministerio de Justicia aunque ha detectado excesiva indeterminación en algunos aspectos.

La reforma tiene por objeto principal dotar de cobertura jurídica adecuada al sistema FIES (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento), previsto para reclusos especialmente conflictivos o inadaptados, "dando con ello cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que consideró insuficiente la regulación de los mismos a través de una Instrucción de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias", según ha informado el CGPJ.

El informe considera adecuada la regulación de la materia a través de una norma de rango reglamentario, si bien "pone de manifiesto la excesiva indeterminación de los 'perfiles' de los internos que pueden ser incluidos en estos ficheros, así como la también excesiva vaguedad e indeterminación respecto de la medidas que pueden ser aplicadas a los mismos, que únicamente se definen por su intensidad".

En este sentido, señala en ambos casos la necesidad de una mayor precisión de la regulación, en garantía de los principios de seguridad jurídica y de adecuada protección de los derechos de estos reclusos.

Por otro lado, valora "muy positivamente" el hecho de que la norma reglamentaria "garantice de forma expresa y contundente que, en ningún caso, la inclusión en estos Ficheros determinará por sí misma un régimen de vida distinto del que reglamentariamente corresponda a estos internos", lo que permite "garantizar que la inclusión en estos ficheros no prejuzga ni la clasificación de los internos, ni su derecho al tratamiento, ni, en consecuencia afecta a los derechos que la propia Ley Orgánica General Penitenciaria les reconoce".

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